El viceministro de Interior y Policía Juan Manuel Rosario aseguró que la
declaración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del 29 de
septiembre de 2023, en la que insta al Estado dominicano a erradicar la
apatridia, es una clara manifestación de ese organismo de pretender que la
República Dominicana no observe las normas internas en materia de determinar la
nacionalidad de los nacidos en el territorio de la República:
"La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su declaración
del 29 de septiembre de 2023, se refiere tanto a la sentencia 168/13 del
Tribunal Constitucional de la República Dominicana como a la Ley 169 de
naturalización del año 2014; dicha Comisión insiste en que la sentencia 168/13
privó de manera arbitraria de la nacionalidad dominicana a personas que, según
ella, quedaron apátridas; evidenciando, el referido organismo que su intención
es imponer a la República Dominicana los criterios para establecer la
nacionalidad, cuando es sabido, por todos los entendidos en la materia, que la
nacionalidad es un derecho soberano de los Estados y que la sentencia 168-13 se
enmarca dentro de la prerrogativa institucional de la República Dominicana para
tomar decisiones de esa naturaleza. Además, en lo concerniente a la Ley 169-14,
es bueno precisar que los expedientes sometidos a la misma no cumplieron con
los requisitos que establecen la propia Ley y la Constitución dominicana".
Aseguró el viceministro, que las personas que se beneficiaron con los
decretos de naturalización en el marco de la ley 169/13, no cumplieron con los
requisitos necesarios, conforme a propia ley y a la Constitución Dominicana.
"Las personas que se beneficiaron de los decretos de naturalización
por vía de la mala aplicación de la Ley 169/13, no
cumplieron con los requisitos indispensables para tales fines; ninguno cumplió
con los requerimientos de la Ley 1683 del año 1948. De manera deliberada, los
organismos internacionales que quieren inmiscuirse en los asuntos que son de
plena soberanía de la República Dominicana, olvidan lo establecido por el
artículo 8 de la Ley 169-14, el cual
dice : "Los hijos de extranjeros nacidos en la República
Dominicana, regularizados de conformidad a lo dispuesto en el Plan Nacional de
Regularización de Extranjeros, podrán optar por la naturalización ordinaria
establecida en la ley que rige la materia (Ley 1683) una vez hayan transcurrido
dos años de la obtención de una de las categorías migratorias establecidas en
la Ley General de Migración No.285-04"(…); lo anterior es reafirmado por
lo establecido en el artículo 20 del reglamento de aplicación a la ley 169-14,
el decreto No. 250-14, que señala que "Transcurridos dos años de la
obtención de una de las categorías migratorias establecidas en la Ley que rige
la materia, las personas beneficiadas de lo dispuesto en el artículo 8 de la
Ley 169-14 podrán solicitar al Poder Ejecutivo la nacionalidad dominicana por
naturalización, siguiendo el procedimiento establecido por la Ley 1683 del año
1948 sobre naturalización(…)". "
Dijo el profesor Juan Manuel Rosario, que como funcionario obligado a
actuar conforme a la Constitución y las leyes, él tiene que cumplir y hacer
cumplir las disposiciones de la sentencia 168-13; manifestó que ningún
funcionario para complacer organismos internacionales puede transgredir las
disposiciones constitucionales e institucionales de la República Dominicana, o
transgredir la soberanía interna del Estado.
"Como funcionario y como dominicano, siento y tengo la obligación
de respetar y cumplir con las disposiciones se la sentencia 168-13 como única
manera de darle cumplimiento a las disposiciones de nuestro derecho, la
Constitución, en materia de soberanía interna y externa de la República
Dominicana".
El funcionario y profesional deploró el hecho de que la Ley 169-14 se
manejó en función del mandato de fuerzas extrañas a la República Dominicana, en
contubernio con una tecno estructura que gravita en el escenario nacional que
está a disposición de las órdenes de esas fuerzas extrañas a nuestra soberanía.
Por otra parte, expresó que en el proceso de ejecución de la ley 169 se
alegó que en la República Dominicana había apatridia; sin embargo, a la hora de
verificar las personas que se acogieron a la Ley 169 se pudo comprobar que los
padres de esos extranjeros menores de edad que fueron sometidos a la referida
ley, tenían documentación de su país de origen.
"Mientras la CIDH habla de apátrida, en la auditoría que el
Viceministerio de Gestión Migratoria y Naturalización hizo de los expedientes
de la Ley 169, pudo comprobar que los
menores de edad que habían sido sometidos para ser naturalizados en el marco de
esa Ley, todos ellos, sus padres, tenían pasaporte o documentos del país de
origen, lo que quiere decir que sus hijos tenían la nacionalidad de sus padres
a través del ius sanguinis; los padres tenían una nacionalidad reconocida por su
Estado de origen. El procedimiento para establecer la nacionalidad a una
persona cuyos padres extranjeros tengan una nacionalidad determinada, es mediante
al artículo 28 de la Ley de Migración, en el sentido de que ellos deben
presentarse al consulado de su país a registrar sus hijos, y ese consulado procede,
en conformidad al derecho consular, a documentar los hijos de sus nacionales; y
de no hacerlo, es ese Estado el que genera la apatridia y no la República
Dominicana.
Los expedientes de la Ley 169/13 no están conforme a la ley; menores de edad
los beneficiados con naturalizaciones no consonantes con la ley; estos sólo
podían haber adquirido la nacionalidad dominicana con la naturalización de sus padres;
sin embargo, esos padres no pasaron por la naturalización; se le otorgó un
decreto de naturalización a esos menores, obviando que los menores de edad solo
se naturalizan a través de la naturalización de sus padres, y sin cumplir con
los otros requisitos. A todos los que se sometieron a la Ley 169 les
correspondía la nacionalidad de sus padres y por tanto no eran,ni son
apátridas".
Aseguró Juan Manuel Rosario, que él encontró una situación que a su modo
de ver es lamentable, y es el hecho de que funcionarios públicos de los
gobiernos siempre están prestos a recibir órdenes de estructuras extrañas a la
soberanía nacional. "Para mi como dominicano, y en el cumplimiento de las
funciones constitucionales, me resulta totalmente deplorable el hecho de que
dentro de los tantos documentos que encontré en el viceministerio había un
documento que por su volumen parecía insignificante, pero en su contenido
retrataba todo lo que había ocurrido en la República Dominicana. Un organismo
internacional manifestó lo siguiente: "...abogando ante el actual gobierno
en favor de la firma de los decretos de naturalización de estos 700 niños entre
los meses de mayo y agosto de 2020", y precisamente sobre esta parte yo
reflexioné mucho sobre el grado de involucramiento en que sectores habían
trabajado contrario a lo que establecen nuestras leyes y constitución de la
República en materia de naturalización. Es como si dijéramos que personas
vinculadas a determinadas estructuras del gobierno en las fechas indicadas
estuvieran recibiendo órdenes de organismos extranjeros".
De manera reflexiva, manifestó que los gobiernos deben tener mucho tacto
a la hora de nombrar personas en lugares que son altamente sensibles cuando se
trata de manejar el interés soberano y colectivo del Estado dominicano.
Aseguró que en el país han hecho carrera haciéndole creer a los
políticos, en cierta medida intimidándolos, de que si defienden el interés
nacional o la soberanía, eso les podría acarrear presiones internacionales.
"Es lamentable que aquí en el país hay sectores que hayan hecho
carrera política, social y hasta económica, intimidando a los políticos,
haciéndoles creer que si estos defienden a la República Dominicana o el interés
nacional eso les podría acarrear consecuencias de presiones internacionales...
y con esos manejos frente a los políticos esos sectores siempre consiguen que
los nombren en cargos claves, donde se administran asuntos sensibles para el
interés nacional; porque le hacen creer a los políticos que la presencia de
ellos en esos cargos es garantía de que el político no reciba presiones internacionales".
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