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JCE, PGR y DGSPC socializan Ășltimos detalles para el voto penitenciario en el nivel presidencial

 

Proceso incluirĂĄ observaciĂłn electoral local e internacional 

Santo Domingo. - La Junta Central Electoral (JCE), la ProcuradurĂ­a General de la RepĂșblica (PGR) y la DirecciĂłn General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC), sostuvieron una reuniĂłn en la que socializaron los Ășltimos detalles para la implementaciĂłn del voto penitenciario para el nivel presidencial con miras las elecciones de este domingo 19 de mayo, iniciativa con la que se cumple lo establecido en la Ley 113-21 sobre RĂ©gimen Penitenciario, que establece el derecho al voto a quienes no estĂ©n condenados irrevocablemente a pena criminal.

Participaron en la reuniĂłn la miembro titular del Pleno y coordinadora del Voto Penitenciario, Dolores FernĂĄndez SĂĄnchez; el director nacional de Elecciones, Mario NĂșñez; el director de Servicios Penitenciarios y Correccionales, Roberto HernĂĄndez; el procurador fiscal, AndrĂ©s Mena Marte; Ángelo FrĂ­as; consultor jurĂ­dico; Julio GarcĂ­a, coordinador de la DGSPC.

 

Asimismo, estuvieron presentes Mårtires Cirilo Quiñones, procurador adjunto; Ivån Vladimir Féliz Vargas, procurador Especializado contra los Delitos Electorales; el jefe de la Policía Militar Electoral, mayor general del Ejército Juan José Otaño Jiménez y el subdirector de la Policía Militar Electoral, Juan Carlos Jiménez, quienes socializaron el protocolo y la logística electoral acerca de esta iniciativa.

 

La miembro titular de la JCE, Dolores FernĂĄndez SĂĄnchez, sostuvo que la implementaciĂłn del voto hay que verla como un reconocimiento a los derechos humanos y a la dignidad humana de los privados de libertad.


“El voto penitenciario constituye un avance para la democracia y quedarĂĄ instaurado como una polĂ­tica pĂșblica”, destacĂł FernĂĄndez SĂĄnchez, quien agregĂł que el mismo contarĂĄ con la asistencia del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, por medio de su Centro de AsesorĂ­a y PromociĂłn Electoral (IIDH/CAPEL).

 

De su lado Mario NĂșñez, director de Elecciones de la JCE, explicĂł que el objetivo del voto penitenciario es garantizar el derecho al sufragio y “sobre todo dignificar la calidad del mismo en los recintos penitenciarios al no tratarse de una acciĂłn propagandista de la Junta, sino un fin humano de garantizar el derecho a estos votantes”.

 

InformĂł que supervisores de la DirecciĂłn de Elecciones realizaron un levantamiento en los 21 recintos ubicados en 17 municipios y se realizĂł una inducciĂłn a los preventivos de libertad a los fines de educarlos de cĂłmo se vota en el nivel presidencial.


Las votaciones se realizarĂĄn bajo las condiciones que establecen la Ley OrgĂĄnica del RĂ©gimen Electoral y los procedimientos dictados por la JCE. En ese sentido, a las 09:00 a. m. se procederĂĄ a la instalaciĂłn de los colegios electorales penitenciarios donde se votarĂĄ a las 11:00 de la mañana y las 12:00 del mediodĂ­a se instalarĂĄn los colegios en donde se iniciarĂĄ la votaciĂłn a las 02:00 de la tarde, con la presencia de los miembros y delegados polĂ­ticos acreditados. 


“Se entiende que serĂĄ un proceso rĂĄpido por lo que se estableciĂł dos horarios dependiendo el recinto penitenciario segĂșn la cantidad de votantes: el primero, se inicia la instalaciĂłn a las 9:00 de la mañana donde son muchos los internos; y el otro, despuĂ©s del mediodĂ­a donde los votantes sean pocos”, dijo NĂșñez Valdez.


La JCE en su resoluciĂłn 31-2024 establece que el voto penitenciario se realizarĂĄ en los centros del nuevo y viejo modelo penitenciario desde las 11:00 a.m. hasta las 5:00 p. m.  y desde las 2:00 p. m. hasta las 5:00 p. m. en los centros que no exceda los cien electores.


ManifestĂł que la idea es que el cierre del escrutinio en estos recintos coincida con el de los colegios electorales ordinarios a las 5:00 de la tarde. 


DetallĂł que al igual en los colegios ordinarios la fase del escrutinio es pĂșblico y podrĂĄ ser grabado. IndicĂł que la logĂ­stica incluye personal PolicĂ­a Militar Electoral, los cinco miembros de los colegios electorales y los delegados de los partidos polĂ­ticos, los cuales no deben pasar de un total de nueve (9). 

 

 

 

DirecciĂłn de Comunicaciones

14 de mayo de 2024

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