La Constitución de la República Dominicana ha sido modificada en 39 ocasiones desde el 1844, año en el que se proclamó la independencia, con distintas motivaciones que van desde eliminar la reelección presidencial, volver a restaurarla hasta otorgarle independencia al Ministerio Público, entre otros.
Este lunes, el paÃs está a la puerta de ver como su Carta Magna ha sido modificada por vez número 40, con el proyecto de ley sometido por el presidente de la República, Luis Abinader, el cual ya fue aprobado en primera lectura.
Hoy, la Asamblea Nacional Revisora se reúne a las 2:00 de la tarde para votar en segunda lectura el proyecto de reforma que mandó el Poder Ejecutivo, y el cual le han hecho pocas modificaciones.
El proyecto aprobado en primera lectura la semana pasada contiene modificaciones en los artÃculos 81, 166, 167, 169, 171, 178, y 179 de la Constitución, tal como establece la Ley 61-24 que declara la necesidad de reformar la Carta Magna.
El artÃculo 81 fue aprobado con modificaciones. El mismo indica que la Cámara de Diputados quedará compuesta por 170 diputados, de los cuales 158 serán elegidos por circunscripción territorial, mientras que, cinco serán elegidos por acumulación de votos y siete diputados por representación de la comunidad dominicana en el exterior, una propuesta presentada por el asambleÃsta Ramón Bueno.
También, fueron aprobados los artÃculos 166 y 167, con modificaciones, presentados por el asambleÃsta Cristóbal Castillo. El artÃculo 166 versa sobre la representación permanente de la Administración Pública ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa; mientras que el 167 establece que la Oficina del Abogado General de la Administración Pública es una dependencia del Poder Ejecutivo, organizada de conformidad a lo establecido con la ley.
En la jornada de la Asamblea Revisora de este lunes, fue aprobado con modificación el artÃculo 169, una propuesta del asambleÃsta AnÃbal DÃaz.
En tanto que el artÃculo 171, se aprobó con la modificación presentada por los asambleÃstas Pedro Catrain y AnÃbal DÃaz, e indica que el presidente de la República al inicio de su mandato propondrá al Consejo Nacional de la Magistratura una persona para que sea designada Procurador de la General de la República y siete para que sean designados como Procuradores Adjuntos, de conformidad con la ley.
También se aprobó con cambios el artÃculo 178, con una moción presentada por el asambleÃsta Moisés Ayala.
Además, fue aprobado con modificaciones el artÃculo 179 que agrega a las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura designar al Procurador General de la República y los siete procuradores adjuntos, propuesta presentada por el asambleÃsta Ramón Rogelio Genao.
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