
El
titular de la entidad, general Ernesto Rafael Rodríguez García, afirmó
que vencido el plazo que otorga la Dirección General de Impuestos
Internos para la obtención de renovación del Impuesto de Circulación
Vehicular 2019-2020, los miembros de la entidad tendrán la facultad de
remolcar a los centros de retención los vehículos que no estén dotados
del marbete.
Precisó
que la Ley 63-1, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial, prohíbe “conducir por las vías públicas un vehículo de
motor cuyo marbete no haya sido renovado”.
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