Social Counter

La consulta Jurídica Online: Cápsula de Derecho Procesal.


Diferencia entre un recurso de objeción y una carta privada.


Lic. Máximo Martínez 


Lo primero que debemos saber es, qué es una y que es otra:


Una carta privada: Es una comunicación personal tramitada entre individuos que procuran el tratamiento de un asunto estrictamente personal, sin efectos legales. 


Puede ser algo que trate sobre la intimidad personal y que procure resolver situaciones personales. 


Ese tipo de documentos tiene la categoría de confidencialidad, no puede ser difundido al público, sin la autorización de su emisor.


En cambio, El Recurso de Objeción: Es un documento formal que se presenta ante una autoridad o tribunal de la Junta Central Electoral (JCE), que procura impugnar una decisión o una acción legal. 


Este tipo de acción; se equipara a una demanda judicial presentada por ante un tribunal, consistente en un proceso legal en el que una parte reclama (el demandante), en este caso al (demandado), una acción para que el órgano se pronuncie en una dirección u otra.


Las demandas judiciales, tienen el carácter de ser públicas y pueden ser accesibles para todos el que tenga algún interés.


El propósito de una demanda judicial (recurso de objeción), es resolver un conflicto o disputa legal entre las partes y generalmente terminan con una sentencia, resolución, ordenanzas u oficio que pudiera ser recurrible.


El licenciado. Máximo Martínez, 

Abogado graduado en la Universidad Autónoma de Santo Domingo 1992.

mayister en derecho civil y procedimiento civil (UASD 2015),

Estudios especializados en la Universidad Interamericana de Puerto Rico (2015), 

Notario Público de carrera por concurso de oposición Suprema Corte de Justicia 2013,

con experiencia procesal de más de 32 años.

Publicar un comentario

0 Comentarios